Información sobre las Ayudas para el acondicionamiento de alojamientos de personas trabajadoras temporales del sector agropecuario en Aragón.
El Gobierno de Aragón publica la convocatoria de las Ayudas para el acondicionamiento de alojamientos de personas trabajadoras temporales del sector agropecuario en Aragón.
A continuación, recogemos los puntos más importantes a tener en cuenta.
A quién va dirigido
- Empresas y cooperativas agrarias que se encuentren legalmente constituidas, realicen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, lleven a cabo alguna de las acciones subvencionables señaladas en esta orden y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3 de las bases reguladoras de esta convocatoria.
- Empresarios y empresarias individuales que con el fin de alojar a personas trabajadoras temporales de acuerdo con la definición del apartado cuarto de esta orden, realicen las acciones de acondicionamiento de plazas de alojamiento necesarias.
- Cooperativas agrarias que acondicionen plazas de alojamiento destinadas a albergar a trabajadores y trabajadoras de temporada contratados por otras empresas.
Requisitos
- Tener personalidad jurídica propia y capacidad de obrar y no encontrarse dentro de los supuestos regulados por los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, lo que deberá acreditarse conforme a lo establecido en el apartado 7 del artículo citado.
- Cumplir los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores, aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9, apartado b) de la Ley 5/ 2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante declaración responsable.
- Cumplir los requisitos exigidos en la normativa ambiental. Para ello, el solicitante hará declaración responsable de dicho cumplimiento, que será verificado por el órgano instructor de la Dirección General de Trabajo, Autónomos y Economía Social solicitando su informe al Departamento correspondiente en materia de medio ambiente.
- No haber sido sancionado mediante Resolución administrativa firme por la autoridad laboral competente, con las sanciones accesorias de exclusión de acceso de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo previstas en los artículos 46 y 46 bis del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y sanciones en el orden Social.
Proyectos subvencionables
Las ayudas convocadas permitirán financiar acciones de acondicionamiento de plazas de alojamiento necesarias para alojar a trabajadores temporales, con un máximo de 20.000 euros por solicitante y pudiéndose subvencionar entre el 60 y el 80 por ciento de la inversión realizada.
En concreto, podrán financiarse gastos de acondicionamiento, reforma o ampliación de los alojamientos; la compra o alquiler, y la instalación de módulos prefabricados, incluida la cimentación para apoyo y nivelación del módulo, arquetas y fosos correspondientes y las acometidas de agua y de luz; y, de manera subsidiaria, los gastos de adquisición del equipamiento y mobiliario básico necesario para acondicionar los alojamientos.
Plazo de presentación
La documentación a aportar se podrá presentar de manera telemática o física en las oficinas de Información y Registro del Gobierno de Aragón, hasta el 27 de abril de 2022.
Resolución
3 meses. Si el trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera denegado.
Más información y convocatoria
Consulta aquí la convocatoria completa.
Para cualquier aclaración no dudes en consultarnos.
Fraga, 5 de abril de 2022.